Qué invalidó la Corte
La sentencia revisó disposiciones de las leyes de ingresos de nueve municipios de Morelos para 2025. En el tema de dormir en la calle, la invalidez recayó en dos porciones concretas: el artículo 25, inciso C, de la ley de Mazatepec y el artículo 48, fracción I, de la ley de Miacatlán, en ambos casos sólo respecto de la frase “o se duerma en la misma”.
El Pleno explicó que dormir es una necesidad fisiológica y que una regla aparentemente neutral puede afectar de forma desproporcionada a quienes no tienen hogar. La sentencia también declaró inválidas otras disposiciones de esas leyes municipales, relacionadas con cobros por servicios y faltas administrativas imprecisas.
La fecha del DOF no es la fecha de la decisión
Hay tres fechas distintas. La Corte resolvió el asunto el 3 de noviembre de 2025; la invalidez surtió efectos cuando los puntos resolutivos se notificaron al Congreso local, el 13 de noviembre de ese año; y el DOF publicó la sentencia completa el 8 de octubre de 2026. La publicación de hoy no reabre el caso ni hace que el fallo empiece a surtir efectos ahora.
Qué significa y qué no significa
El fallo eliminó esas dos porciones de las leyes de ingresos municipales correspondientes a 2025. No creó una prohibición nacional que sustituya el análisis de cualquier otra norma, conducta o multa. Tampoco anuló automáticamente cualquier sanción municipal por hechos distintos. Para valorar una multa concreta hay que identificar el municipio, la disposición aplicable, la fecha y el acto de autoridad; los asuntos personales requieren revisión profesional.
Por qué importa la publicación
La versión íntegra permite consultar las razones, los alcances y los efectos precisos del fallo, más allá de los resúmenes periodísticos difundidos cuando se resolvió. En este caso, la fecha de publicación puede parecer una novedad de fondo, pero la sentencia deja claro que el Pleno decidió el asunto y que sus efectos comenzaron en 2025.
Cómo lo verificamos
Revisamos la sentencia íntegra publicada en el DOF el 8 de octubre de 2026. Para separar la fecha de resolución de la de publicación, cotejamos el encabezado y los resolutivos con el acuerdo oficial de la SCJN que hace constar la notificación al Congreso de Morelos el 13 de noviembre de 2025. Contrastamos el contexto de la sesión con la cobertura periodística publicada el día siguiente al fallo.
Fuentes
- DOF: sentencia íntegra de la Acción de Inconstitucionalidad 23/2025, publicada el 8 de octubre de 2026.
- SCJN: acuerdo que hace constar la notificación de los resolutivos al Congreso de Morelos el 13 de noviembre de 2025.
- El Economista, 4 de noviembre de 2025: cobertura de la resolución del Pleno.
Publicado el 8 de octubre de 2026. Fecha de corte documental: 8 de octubre de 2026. Criterios editoriales.
